
Solicita la ayuda para la traducción de libros entre lenguas del Estado

El plazo de presentación de solicitudes de subvenciones para la traducción del libros entre lenguas del Estado permanecerá abierto desde el 2 de junio de 2022 hasta el 22 de junio de 2022 a las 14:00.
Desde el pasado 2 de junio y hasta el próximo 22 de junio de 2022, estará abierto el plazo de presentación de solicitudes para obtener ayudas a la traducción de libros entre lenguas del Estado. Estas ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva para fomentar la traducción de libros y su posterior publicación por parte de la editorial beneficiaria.
Las obras podrán ser literarias, clásicas, contemporáneas o científicas, todas ellas integrantes del patrimonio cultural de España. La condición principal es que la obra objeto de traducción deberá estar ya publicada en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado y estar escrita por un autor español. Es preciso destacar que un mismo solicitante no podrá pedir ayuda para más de 3 proyectos.
Solicitud de ayuda
Las solicitudes se realizarán exclusivamente a través de la sede electrónica, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se accede a ella a través del botón de «Acceso al servicio online» que encontrarás en la parte superior de esta página. La solicitud debe estar firmada por el propio editor o su representante legal. Durante la fase de instrucción se comprobará la veracidad de la identidad del solicitante.
Cuantía
El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo de 200.000 euros, para las traducciones de libros con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.478 del programa 334B «Ayudas para la traducción de libros entre lenguas del Estado», del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura y Deporte para el año 2022.
Compatibilidad con otras ayudas
La subvención obtenida debe destinarse exclusivamente a cubrir los gastos de traducción de la obra presentada. Esta subvención es compatible con otras ayudas a la traducción de otros organismos o instituciones, públicos o privados, siempre y cuando el importe de dicha aportación sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no se supere el 100% del coste de la traducción subvencionada.